EL CONTRATO DE AGENCIA COMERCIAL CON EL TLC
Los casi 10 Tratados de Libre Comercio, que ha firmado Colombia; Hace necesario conocer alternativas de negocios, como los es convertirse en el representante comercial exclusivo de las compañías extranjeras, lo cual se puede hacer a través de un Contrato de Agencia Comercial.
El TLC de Colombia y USA, se negoció cambios en la Cesantía Comercial, Indemnización equitativa y la NO exclusividad a favor del Agente Comercial, salvo pacto en contrario.
Algunas recomendaciones al redactar este contrato son:
1.Identificar el Agente y el Empresario, ambos deben estar registrados como comerciantes.
2. Objeto del Contrato
3.Facultades del Agente Comercial y sus Limitaciones
4.El término de duración del Contrato
5.El territorio en el cual se van a desarrollar las actividades
6.El valor de la remuneración o Comisión.
7. Registrar el Contrato en la Cámara de Comercio,
8.Los contratos otorgados en el exterior, se deben Autenticar en Notaría y APOSTILLAR.
9.Si esta redactado en idioma diferente al Castellano, se debe anexarse traducción oficial
10.Pactar que un porcentaje de la comisión mensual se destine al pago anticipado de las eventuales sanciones y obligaciones presentes y futuras, Incluida las del artículo 1324 del Código de Comercio.
11. Clausula de Confidencialidad
12. Causas para dar por terminado por justa causa el Contrato
13.Independencia, Riesgo y autonomía administrativa, laboral, etc; del Agente comercial
14.Renuncia anticipada y a la terminación del contrato por parte del Agente Comercial, de la cesantía comercial y las sanciones.
15. Cualquier prorroga debe ser por escrito y en un nuevo contrato
WILSON LENIS