EJEMPLO DEL NUEVO MODELO DE DICTAMEN DE DAÑOS Y PERJUICIOS( cel 3164743801) & PERICIAL CONTABLE CODIGO GENERAL DEL PROCESO Y TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO
Quienes nos desempeñamos como Peritos & Contadores Peritosy Demás Peritos de otras profesiones, estamos en plena Vigencia del Nuevo Código General del Proceso(Art 226 y Sgtes), que trae nuevas reglas Para los Dictámenes y La Prueba Pericial.
Estas nuevas reglas en la presentación de los Dictámenes aplica a todas las jurisdicciones: CIVIL, ADMINISTRATIVO, PENAL LABORAL y también a los TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO(ART 31 LEY 1563 DE 2012)
ABC DE LOS DICTAMENES PERICIALES:
1.Para la designación de los peritos, las partes y el juez acudirán a instituciones especializadas, públicas o privadas, o a profesionales de reconocida trayectoria e idoneidad
2. Las listas de auxiliares de la justicia SOLO serán obligatorias para magistrados, jueces y autoridades de policía.
Les dejó a consideración de mis colegas, un nuevo modelo que ya estoy utilizando en los Juzgados y Tribunales.
2. ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y ALCANCE DEL DICTAMEN
CONTABLE
PRIMERO:
En fecha….
3. DECLARACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL DICTAMEN DEL PERITO:
4. DOCUMENTACION Y ELEMENTOS DE ESTUDIO
3.1 Revisión libros contables Mayor y
Balances y Libro Diario de la sociedad
3.2 Pagarés y Condiciones de los créditos, se estima el plan de pago
Para la realización de este Dictamen AUDITORIA FORENSE FINANCIERA, se realizó con fundamento en las siguientes
normas técnicas;
Experto en Tasación de daños y perjuicios Patrimoniales (Daño emergente y Lucro Cesante) y Extra patrimoniales (Daños Morales, Daños a la salud y a la vida en Relación con el Mundo), a nivel privado por más de ocho años en procesos conciliatorios, incidentes de reparación y juramento estimatorio.
WILSON FERNANDO LENIS MOLINA
WS 316 474 3801
Quienes nos desempeñamos como Peritos & Contadores Peritosy Demás Peritos de otras profesiones, estamos en plena Vigencia del Nuevo Código General del Proceso(Art 226 y Sgtes), que trae nuevas reglas Para los Dictámenes y La Prueba Pericial.
Estas nuevas reglas en la presentación de los Dictámenes aplica a todas las jurisdicciones: CIVIL, ADMINISTRATIVO, PENAL LABORAL y también a los TRIBUNALES DE ARBITRAMENTO(ART 31 LEY 1563 DE 2012)
ABC DE LOS DICTAMENES PERICIALES:
CODIGO GENERAL DEL PROCESO:
1.Para la designación de los peritos, las partes y el juez acudirán a instituciones especializadas, públicas o privadas, o a profesionales de reconocida trayectoria e idoneidad
2. Las listas de auxiliares de la justicia SOLO serán obligatorias para magistrados, jueces y autoridades de policía.
3.La prueba pericial es procedente para verificar hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos
4.Todo dictamen se rendirá por un perito.
5.No serán admisibles los dictámenes periciales que versen sobre puntos de derecho
6. La opinión es independiente y corresponde a su real convicción profesional
7.El dictamen deberá acompañarse de los documentos que le sirven de fundamento y de aquellos que acrediten la idoneidad y la experiencia del perito.
8.La lista de casos en los que haya sido designado como perito
9.La parte que pretenda valerse de un dictamen pericial deberá aportarlo en la respectiva oportunidad para pedir pruebas. El dictamen deberá ser emitido por institución o profesional especializado.
10.La parte contra la cual se aduzca un dictamen pericial podrá solicitar la comparecencia del perito a la audiencia
11.El perito desempeñará su labor con objetividad e imparcialidad, y deberá tener en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes
12. se prohíbe pactar cualquier remuneración que penda del resultado del litigio.
ADMINISTRATIVO:
1.La prueba pericial se regirá por las normas del Código de Procedimiento Civil, salvo en lo que de manera expresa disponga este Código sobre la materia.
2.Las partes, en la oportunidad establecida en este Código, podrán aportar dictámenes emitidos por instituciones o profesionales especializados e idóneos.
3.Contradicción del dictamen aportado por las partes. Para la contradicción del dictamen se procederá así: En la audiencia inicial se formularán las objeciones al dictamen y se solicitarán las aclaraciones y adiciones, que deberán tener relación directa con la cuestión materia del dictamen
4.Durante la audiencia de pruebas se discutirán los dictámenes periciales
DICTAMEN PERICIAL
DAÑOS Y PERJUCIOS DERIVADOS DE
Numero: 1718
16-OCT-2016
REF: DICTAMEN PERICIAL DE DAÑOS & PERJUCIOS
JUZGADO XXXX CIRCUITO
CIVIL DE BOGOTA
DEMANDANTES:
DEMANDADOS:
RADICADO: 2018-XXXX
El suscrito Periot, Abogado & Contador Público de la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA,
Portador de la Tarjeta Profesional No. -T,
inscrito en la Lista vigente de auxiliares de la Justicia, Licencia vigente del
año 2013 al año 2018, Emito el siguiente
Dictamen Técnico de carácter Prueba Pericial Contable CONTABLE:
1. OBJETO DEL DICTAMEN:...
3. DECLARACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL DICTAMEN DEL PERITO:
8.1 El suscrito en calidad de Contador Público, se obliga de medio y NO de resultado, en el ejercicio de este dictamen, poniendo a disposición todo el cuidado, diligencia y prudencia en los términos del artículo 2144 del código civil.
8.2 Numeral 1, literal C, Artículo 13 Ley 43 de 1990
8.3 Artículo 9 Ley 43 de 1990
8.4 Artículo 38 Ley 43 de 1990
8.5 Certifico que no he sido designado en procesos anteriores o en curso por la misma parte o por el mismo apoderado de la parte que solicito el dictamen (Numeral 6 articulo 226 Ley 1564 de 2012)
8.6 Mi opinión es independiente y corresponde a mi real convicción profesional
8.7 No me encuentro incurso en causal de exclusión del artículo 50 de la ley 1564 de 2012
8.8 Declaro que los exámenes, métodos, experimentos e investigaciones efectuados en este dictamen, son iguales respecto de aquellos que utiliza en el ejercicio regular de mi profesión.
8.9 Mi Dictamen Pericial, no versa sobre puntos de Derecho art. 226 Ley 1564 de 2012
....
....
4. DOCUMENTACION Y ELEMENTOS DE ESTUDIO
4. PRUEBAS Y METODOS UTILIZADOS:
La
Metodología o Técnica Contable utilizada, será comparar lo contabilizado por el
Deudor vs los Extractos recibidos del Acreedor, verificando Capital, Tasas, Intereses,
Periodos y contabilización, entre otros.
4.1 REVISION PAGOS SEGÚN CONTABILIDAD Y EXTRACTOS DEL
DEUDOR:
4.1.4.
Resumen al 30 de Junio de 2013:.....
5. FUNDAMENTOS Y
NORMAS TECNICAS DEL DICTAMEN
5.1 Decretos 2420 y 2496 de 2015-NIIF
5.2 Ley 43 de 1990- Estatuto del
Contador y Principios de Auditoria
Generalmente Aceptados en Colombia
5.3 Estatuto Financiero
6. IDONEIDAD,
EXPERIENCIA Y PUBLICACIONES DEL PERITO:
Como Abogado,
Contador Público, Perito (JUSTICIA y SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, CAMARA DE COMERCIO DE...),
me he desempeñado a lo largo de veinte (20) años, en Compañías en los sectores: Financieros,
Servicios, Comercial, Producción y Sin ánimo de Lucro.
Experto en Tasación de daños y perjuicios Patrimoniales (Daño emergente y Lucro Cesante) y Extra patrimoniales (Daños Morales, Daños a la salud y a la vida en Relación con el Mundo), a nivel privado por más de ocho años en procesos conciliatorios, incidentes de reparación y juramento estimatorio.
Auxiliar de la
Justicia en Calidad de Perito Contable en el CIRCUITO DE BOGOTA y la SUPERINTENDENCIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO.y CAMARA DE COMERCIO
6.1 CASOS Y PUBLICACIONES DEL PERITO SOBRE TEMAS SIMILARES:
EXPEDIENTE
|
JUZGADO
|
MATERIA DEL DICTAMEN
|
Conciliación prejudicial
|
Aportado en proceso conciliatorio
prejudicial
|
Lucro cesante y utilidad dejada de
percibir, derivada de daños a la Salud y Sicológicos.
|
RADICADO:
|
JUZGADO
|
Confección de un inventario y avaluó de bienes en el
proceso de interdicción
|
RADICADO:
|
JUZGADO
|
Confección de un inventario y avaluó de bienes de
|
RADICADO:
|
JUZGADO
CIVIL
|
TASACION
DE DAÑOS POR LUCRO CESANTE INMUEBLES
JUZGADO
CIVIL 00XX
DEL
CIRCUITO BOGOTA, PILOTO ORALIDAD
|
RADICADO:
|
JUZGADO
XXX PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTA
|
AVALUAR
LOS DAÑOS POR DINERO FALTANTES
|
PUBLICACIONES:
Actualmente es autor y publica artículos en el BLOG:
http://tasaciondanosyperjuicios.blogspot.com
Cuenta con más de 462.000 Visitas de diferentes países y
escribe sobre los siguientes temas:
- Daños y perjuicios patrimoniales: Emergente y lucro
cesante
- Daños y perjuicios extra patrimoniales: Morales- A
la vida en Relación con el Mundo-A la salud.
- Juramento Estimatorio y el Nuevo Código General del
proceso
- La prueba Pericial y el Nuevo Código General del
Proceso
Conforme
a las pruebas de carácter técnico contable realizadas, Los Libros y Soportes
Contables:
CONCLUYO:.....
WS 316 474 3801
Contar con un perito tasador es la manera de poder asegurarte que aquellas posesiones o objetos que estan en disputas no confies solo en la palabra de la persona siempre lo mejor es por lo legal
ResponderEliminar