Para el reconocimiento de un Daño como un Perjuicio Indemnizable, se debe probar plenamente, lo cual aplica en todas las Jurisdicciones y Etapas: Conciliadores-Fiscales-Jueces-Arbitro-Magistrados:
1.Daño Cierto
2.Daño Personal
3.Directo-Nexo Causal Daño y Perjuicio
4.Imputación - Causalidad entre el Sujeto y el Hecho Generador del Daño
5.Lesión de un Interés Legítimo
6.Cuantificación bajo los Principios de Reparación Integral, Equidad y criterios Técnicos Actuariales :Tener en cuenta Juramento estimatorio-Dictamen-Prueba Pericial-Enriquecimiento sin justa causa
Si logramos probar todos los elementos anteriores llevaremos al Fallador o el Tercero Neutral, al pleno convencimiento de la indemnización del Daño Sufrido.
WILSON LENIS M.
Abogado Y Contador Público-Perito
wifele@gmail.com
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